Tipos de licencias de obras en Barcelona

Es importante tener en cuenta que para poder reformar un comercio o una vivienda se necesita llevar a cabo una serie de gestiones con el objetivo de poder realizar la tramitación de la licencia o de los permisos de obra, es decir, una autorización municipal para que se pueda empezar y seguir con los trabajos de obras.

Dependiendo del tipo de obra y trabajos que se vayan a llevar a cabo y de los requisitos del Ayuntamiento, el tipo de permiso necesario será diferente. De esta forma, si quieres saber cuál es el permiso de obras en Barcelona que necesitas lo mejor sería contratar a un profesional acreditado que pueda encargarse de todo lo relacionado a la tramitación.

 ¿Cómo se lleva a cabo el proceso para solicitar licencias de obra en el Ayuntamiento?

Lo primero que tienes que saber es que antes de comenzar con el proceso relacionado a los trámites, lo primero es realizar una consulta previa en el ayuntamiento.

Por medio de esta consulta te será posible conocer el tipo de documentación que se requiere dependiendo del tipo de obra y del lugar en el que se vaya a realizar. Entre los trámites que se tienen que realizar podemos destacar los siguientes: licencia, enterado “assabentat”, comunicado y la documentación requerida para la solicitud.

¿Qué tipo de obra se incluye en cada licencia de obras?

Como mencionamos anteriormente, el Ayuntamiento se encarga de clasificar los tipos de obras según el tipo de trabajos que se realizarán y su naturaleza.

Podemos decir que las obras se encuentran catalogadas en Obra mayor y Obra menor. Ahora te explicaremos más a fondo cada una de ellas:

Obra mayor

Estas son las obras que debido a su complejidad requieren de un Proyecto de Obra detallado. Por ejemplo, pueden ser modificaciones de fachada, rehabilitaciones de edificios, ampliación de edificios (altura), instalación de ascensores, división de viviendas, etc. Para realizar trabajos de esta naturaleza es necesario contar con una Licencia de Obra Mayor.

Obra Menor

Este tipo de obras suelen ser más sencillas y económicas, pudiendo clasificarse en tres distintos tipos.

  • Tipo 1: las reformas en las que se realizarán modificaciones parciales de la estructura de la vivienda o edificio, como reformas de locales que estén limitados por un plan urbanísticos, instalación de asesores (interior de edificio), reforma de viviendas de un mismo edificio, etc. A estas reformas se les aplica el régimen de Comunicación diferida.
  • Tipo 2: un tipo de reformas que están enfocadas a la estructura del edificio o vivienda, es decir, los trabajos en los que haya un cambio de distribución de la construcción y en su configuración arquitectónica. En este caso es necesario realizar un Comunicado Inmediato.
  • Tipo 3: reformas que se llevan a cabo en viviendas, vestíbulos, locales o escaleras comunitarias en la que no este implicado un cambio en la distribución de la estructura o en la fachada. Por ejemplo, pueden ser trabajos para cambiar el suelo, trabajos de carpintería, pintura, etc. En este tipo de reforma sólo se requiere tramitar un Enterado “Assabental”.

Como puedes ver, dependiendo del tipo de trabajo que se vaya a realizar la licencia y los tramites requeridos pueden ser diferentes.